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Cursos Yacht 041022

A lo largo de Julio 2017, veremos publicada oficialmente una Resolución de la DGMM:


Respecto a la Resolución, se notificará los cambios de la atribuciones respecto a la distancia en la que un PPER podrá navegar desde la costa. (no española).

· Un tipo de PPER como hasta ahora, 60 millas,pero de la costa. (Sin española).
· Otro tipo de PPER a 150 millas de la costa. (Sin española).
· También dispondrá que podremos ir a cualquier puerto español, lo que significa que Canarias estará al alcance nuestro.

Para este último se requerirá un antigüedad de dos años desde la obtención del PPER y estar en posesión del Certificado General de radio.

El hecho de haberse suprimido "de la costa española", nos faculta para poder ejercer como Patrones Profesionales prácticamente desde cualquier parte del mundo, solo deberíamos de trasladar las embarcaciones a dicho lugar por otros medios.
En todo caso a lugares que la distancia entre costa y costa fuera superior a 300 millas náuticas.

Resumiendo, costeando podremos hacer todo el Mediterráneo, África, Europa, Asia y Oceanía, sin embargo al Continente de América deberíamos de ser transportados.

Estos avances, como hemos comentado, fueron presentados por ANPPER yabalados por ANEN, a quienes, como ya sabéis, ANPPER está asociado y compartimos diferentes temas y nos ayudamos mutuamente.

 

Saludos,

 

Javichi