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Logros conseguidos por ANPPER. Noviembre 2019

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  • Logros conseguidos por ANPPER. Noviembre 2019

    Según el RD 238/2019 de 5 de abril, en su Artículo Segundo, Se modificó el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante, a partir de su entrada en vigor el 1 de julio del presente, para ser PPER se necesita:

    · Ser Capitán de Yate.
    · Superar un examen oficial convocado por la DGMM.
    · Disponer de la declaración de aptitud del reconocimiento médico realizado por el ISM.
    · Acreditar un embarque de 50 días y 2.500 millas.
    · Poseer el Certificado de Formación Sanitaria Inicial o Avanzada.
    · Poseer la tarjeta profesional del operador general o restringido del SMSSM.
    · Poseer el Certificado de Formación Básica en seguridad.
    · Poseer el Certificado Avanzado en supervivencia y botes de rescate (no rápidos).

    Las atribuciones son:

    • Patrón Profesional en embarcaciones de recreo. La eslora máxima de la embarcación puede ser de 24 metros (según certificado de navegabilidad), permitiéndose una navegación comprendida entre la costa y una línea paralela a esta que no se aleje más de 60 millas náuticas. En ningún caso en la embarcación podrán navegar más de 12 pasajeros, excluidos los tripulantes. Es requisito ineludible que la embarcación se encuentre registrada en las listas de matrícula sexta o séptima. El titular deberá tener en vigor la tarjeta de Operador Restringido del SMSSM.
    • Patrón de embarcaciones de recreo (lista 6ª o 7ª) comprendida entre la línea de costa y una línea paralela a esta que diste 150 millas. Lo que en la práctica supone navegar por todo el Mediterráneo y realizar navegaciones de cabotaje, de cualquier puerto español a otro español, incluyendo Canarias. Para el otorgamiento de estas atribuciones se han de acreditar un periodo de embarque de 2 años (mediante la libreta de embarque o contratos de trabajo) y ser Operador General del SMSSM.
    • Instructor en escuelas y academias náuticas de recreo, desempeñando funciones de formación en prácticas básicas de seguridad y navegación conducentes a los títulos de Patrón de navegación básica (PNB) y Patrón de embarcaciones de recreo (PER)


    De todas maneras y viendo que en el Proyecto de Real Decreto por el que se regulan la titulaciones profesionales y de Competencia de la Marina Mercante, se publicó que el Certificado Avanzado en supervivencia y botes de rescate (no rápidos), también lo iban a eliminar como condicionante, nos pusimos en contacto con la DGMM y nos aseguraron que fue un error y que en breve realizarían un escrito de subsanación de errores y lo eliminarían.

    A todo esto y para abreviar, hemos conseguido que se eliminen los certificados de especialidad de Buques de pasaje, Avanzado contra incendios y, en breve, el Avanzado en supervivencia y botes de rescate (no rápidos).
    A la vez de poder transportar 12 pasajeros más la tripulación.

    Haciendo cuentas a groso modo, hemos ahorrado a los futuros PPER unos 1.600€ sin contar desplazamientos, dormitorio y comidas.

    Y a los ya PPER, el tener que renovar dichos certificados, con un abaratamiento sustancioso.


    Saludos
    Nadie es perfecto, excepto el Capitán
Trabajando...
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