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Cursos Yacht 041022


-Prácticas reglamentarias de navegación a vela.

ANEXO VI. Página 83071

Prácticas reglamentarias de navegación. El presente anexo desarrolla las prácticas reglamentarias de navegación de acuerdo a los siguientes puntos:

1. Definiciones.

2. Duración y forma de impartición de las prácticas.

3. Contenido de las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para cada una de las titulaciones. 4. Evaluación de las prácticas.

1. Definiciones.

1.1 Intervalos de descanso: Aquel período de tiempo durante el cual no se realiza ninguna tarea formativa relacionada con la obtención de los títulos, cursos de formación o prácticas reguladas en este real decreto. Se reconocen dos tipos de intervalos de descanso, intervalo de descanso tipo A e intervalo de descanso tipo B.
El tipo A es un intervalo de descanso cuya duración mínima será de una hora.
El tipo B es un intervalo de descanso cuya duración mínima será de 8 horas.

1.2 Régimen de Singladura: Régimen de impartición de prácticas en el cual se podrá certificar un máximo de 8 horas de prácticas por cada día natural. En el régimen de singladura se deberán respetar los siguientes intervalos de descanso:
- Cada 4 horas de impartición de prácticas, contadas éstas, bien desde el primer inicio de las mismas, o bien después de que haya concluido cualquiera de los intervalos de descanso A o B, se realizará un intervalo de descanso del tipo A.
- Cada 8 horas de impartición de prácticas, contadas éstas, bien desde el primer inicio de las mismas, o bien después de que haya concluido un intervalo de descanso del tipo B, se realizará un intervalo de descanso del tipo B.
- Una vez finalizadas las prácticas se deberá respetar el tipo de descanso correspondiente.

1.3 Sesión de prácticas: Período de tiempo en el que se realiza cualquiera de las prácticas reglamentarias contempladas en este real decreto comprendido entre dos intervalos de descanso, ya sean estos A o B.

1.4 Régimen de Travesía: Navegación que se realiza entre dos puertos distintos o bien con salida y llegada al mismo puerto; en cualquier caso, la navegación realizada deberá ser acorde al título para el que habilitarán dichas prácticas y permitir desarrollar el contenido de las mismas. En el régimen de travesía no se podrá detener la navegación durante un intervalo superior a 6 horas por cada día natural o bien por cada intervalo de 24 horas de prácticas.

1.5 Detención de la navegación: Se considera detención de la navegación, a un fondeo o amarre a una boya, que tengan una duración superior a 30 minutos.

1.6 Interrupción de la navegación: Se considera interrupción de la navegación, a un amarre en puerto que tengan una duración superior a 30 minutos. Los periodos de interrupción de la navegación no computarán a efectos de prácticas, siempre y cuando no se hayan debido a una emergencia, mal tiempo, avería o cualquier otra cuestión sobrevenida que impida el correcto desarrollo de las prácticas; pudiendo en dicho caso computar el tiempo transcurrido de prácticas, para su finalización con posterioridad.

1.7 Guardia de navegación: Periodo de cuatro horas comprendidas dentro del régimen de travesía, en las que se realizan tareas de formación.

2. Duración y forma de impartición de las prácticas.

2.1 Las prácticas reglamentarias de navegación, tendrán una duración mínima de 24 horas, de las cuales, al menos 4 horas serán de navegación nocturna.

2.2 Las prácticas reglamentarias de navegación, se realizarán en una única sesión y en régimen de travesía. El requisito impuesto por el artículo 16.6 en cuanto al número máximo de alumnos por cada práctica, podrá elevarse hasta 9 alumnos.

2.3 Con el fin de obtener la habilitación a vela, las prácticas reglamentarias de navegación podrán realizarse de forma conjunta con las prácticas reglamentarias de navegación a vela, en cuyo caso, el cómputo total de horas de prácticas no podrá ser inferior a 48 horas, siendo en este caso al menos 8 horas de navegación nocturna. La realización conjunta de las prácticas reglamentarias de navegación con las prácticas reglamentarias de navegación a vela, se realizará en una única sesión en régimen de travesía.

3. Contenido de las prácticas de navegación.

3.1 Objetivos a lograr. La realización de las prácticas de navegación, pretende incidir en aquellos aspectos de la navegación orientados principalmente a la travesía y la navegación segura dentro de las atribuciones del título. Para ello se persigue un incremento de la estancia en la mar haciendo que el alumno se habitúe a la duración de las navegaciones que podría realizar con este título. El establecimiento de un régimen de guardias durante el desarrollo de las prácticas y la realización de las tareas típicas de éstas, es vital para una correcta asimilación de los objetivos a lograr los cuales se clasifican en 3 apartados:

Apartado 1. Preparación de la derrota y ejercicio de abandono.

Apartado 2. Revisión de los puntos críticos de la embarcación y comprobaciones previas a la salida a la mar.

Apartado 3. Mantenimiento de una guardia efectiva de navegación.

3.2 Contenido detallado. El contenido de los apartados enunciados en el epígrafe anterior será el que sigue:

Apartado 1. Preparación de la derrota y ejercicio de abandono.

- Comprobación de las cartas de la zona a navegar. Actualización de los avisos a los navegantes. Trazado de derrota. Identificación de peligros. Libros de faros, señales radio y derrotero. Datos y característica de los faros y balizas de la zona a navegar. Anuario de mareas. Correcciones barométricas. Identificación de zonas de amarre. Determinación de abrigos y fondeaderos en la zona a navegar en función del estado de la mar y viento.

- Documentación a llevar a bordo: certificados, permiso de navegación, justificante del pago de la prima de seguro obligatorio correspondiente al periodo en curso y titulación. Licencia de Estación de Barco y MMSI.

- Previsiones meteorológicas y contraste con la situación local. Avisos a los navegantes y de seguridad. Control de las horas de emisión de boletines meteorológicos de los CCS.

- Uso de la balsa salvavidas, con un simulacro de abandono. Estiba, acceso y trincaje de la balsa salvavidas. Mantenimiento, revisiones y precauciones de uso. Consideración de la necesidad del abandono del buque, necesidad de emitir una alerta efectiva antes del abandono. Precauciones al subir a bordo, material a llevar (respondedor de radar, RBLS, VHF portátil, bengalas, ropa de abrigo, linterna, agua y víveres), necesidad de ropa de abrigo y calzado ligero. Precaución con llamas y objetos punzantes. Importancia de mantener la balsa seca y ventilada y de mantener a sus ocupantes secos y calientes. Prevención del mareo. Afirmado a bordo de la rabiza. Modo de puesta a flote de la balsa y precauciones en su uso. Inflado. Reparto de pesos y control de presión. Corte de la rabiza y uso del ancla flotante. Turnos de guardia. Comportamiento de náufragos en el agua.

Apartado 2. Revisión de los puntos críticos de la embarcación y comprobaciones previas a la salida a la mar.

- Revisión de nivel de combustible y de la autonomía que este confiere con un margen amplio de respeto, carga de baterías, estado del aparato propulsor y de gobierno. Luces de navegación.

- Disponibilidad de agua y alimentos suficientes para las personas a bordo en relación con la duración de la navegación. Necesidad de disponer de cantidades superiores a las previstas. Estiba a bordo y conservación. Estado físico de los tripulantes. Comprobación del material de seguridad: disponibilidad y localización a bordo, estado general, validez y estiba.

- Arranchado. - Arranque de motores, y control de escapes y temperatura. Comprobación de carga de baterías.

- Comunicación al CCS de salida, zona a navegar y ETA.

- Largado de cabos y maniobra de salida

Apartado 3. Mantenimiento de una guardia efectiva de navegación.

- Cumplimiento de los turnos de guardia. Entrega y recepción de la guardia.

- Vigilancia efectiva. Visibilidad. Luces de navegación. Precauciones durante la guardia de noche: iluminación reducida en el puente o bañera y control e identificación de las luces de navegación otros barcos. Prevención de la somnolencia.

- Control del rumbo. Gobierno y marcha en función del estado de la mar y viento, del consumo y de la visibilidad. Uso del piloto automático y precauciones. Control de la derrota. Vigilancia radar.

- Reconocimiento de la costa. Uso del derrotero. Reconocimiento de faros y su característica.

- Seguimiento de los partes meteorológicos. Control de la presión atmosférica, aspecto general y nubes, y dirección e intensidad del viento. Rachas de viento, su detección y prevención de efectos adversos. Control del estado de la mar: variación en tamaño y dirección de la mar de fondo.

- Posiciones en la carta: horarias, de cambio de rumbo y en función de los cabos, otros accidentes costeros o peligros a la navegación.

- Estado físico de la tripulación. Cansancio, somnolencia, mal de mar, hidratación, protección contra el frio y contra la insolación y el calor excesivo.

- Situación en la carta. Situación por demora y distancia. Por dos demoras. Por tres demoras. Situación por enfilaciones.

- Uso del GPS. Inicialización, obtención de datos de los puntos de recalada en la carta, introducción en el navegador, creación de una derrota y determinación de errores. Alarmas de rumbo y fondeo.

- Cálculo de la corriente, su rumbo e intensidad horaria.

- Navegación de estima y comparación con las situaciones observadas o satelitarias. Determinación de la hora estimada de llegada (ETA).

- Uso del radar. Inicio. Errores y reflexiones. Falsos ecos. Reconocimiento de la costa. Situación por dos distancias. - Navegación sin visibilidad. Uso combinado de GPS, radar y sonda. Mantenimiento de navegación de estima.

- Recalada. Reconocimiento de las enfilaciones, luces, marcas y accidentes costeros notables. Veriles de seguridad. Determinación de la altura de marea a la hora de la recalada y márgenes de seguridad.

4. Evaluación de las prácticas. El instructor deberá evaluar la capacidad del alumno, de acuerdo a los siguientes puntos. Pudiendo no firmar el certificado de prácticas correspondiente si no se cumple cualquiera de ellos:

- Puntualidad y asistencia a las prácticas. No se permite un nivel de asistencia inferior al 95%.

- Aceptación de las normas de la escuela náutica de recreo. El alumno deberá aceptar las normas de la escuela para la impartición de las prácticas.

- Participación activa. El alumno deberá participar activamente durante la totalidad de las prácticas, siendo receptivo a la formación.