Ha sido publicado recientemente el BOE Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo en España.
El Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación, es decir el 10 de Enero de 2015.
Por tanto, aunque los exámenes convocados hasta finales de 2014 son todavía con la actual legislación, los que se celebren durante el primer trimestre 2015 serán ya con la nueva normativa.
¿Hasta qué punto son válidos los libros de la actual Orden FOM/3200/2007 de 26 de octubre, comparada con la nueva del BOE Real Decreto 875/2014?
La buena noticia es que en general se reducen los contenidos teóricos por lo que, si no aprueba en el presente año, los manuales que adquiera le servirán en futuras convocatorias.
Tras un primer análisis del Real Decreto, veamos con cierto detalle la comparación de requisitos para cada título entre la Normativa actual vigente y la del nuevo Real Decreto (Normativa futura).
Conviene reseñar que, excepto en PNB y PER, los programas teóricos se han diseñado de forma que no se repiten temas ya incluidos en un título de rango inferior.
En el caso del PNB y PER, el temario del PNB está contenido en el de PER de manera que el poseedor del título de PNB puede acceder al título de PER examinándose solo de las materias que le faltan.
Patrón de Embarcaciones de Recreo– PER
Conocimientos teóricos:
Normativa actual: Temas de Tecnología Naval, Maniobras, Seguridad, Navegación, Meteorología, Radiocomunicaciones, Propulsión, Legislación.
Normativa Real Decreto 875/2014: Se suprimen los temas de Propulsión y Radiocomunicaciones y se reduce ligeramente el contenido del tema de Navegación. Por el contrario se añade un contenido sobre mareas y su cálculo.
Examen:
Normativa actual: Test de 75 preguntas.
Normativa Real Decreto 875/2014: Test de 45 preguntas.
Prácticas básicas de seguridad y navegación:
Normativa actual: 16 horas
Normativa Real Decreto 875/2014: 16 horas
Prácticas de vela
Además de los conocimientos y prácticas anteriores, para obtener la habilitación que permita manejar una embarcación a vela, cualquiera que sea su tamaño, será necesario realizar unas prácticas a vela de duración no inferior a 16 horas.
Estas prácticas tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos antes reseñados.
Radiocomunicaciones
Frente a las prácticas de radiocomunicaciones que estipula la actual normativa (2 horas para PNB y PER, 4 horas para PY y 8 Horas para CY),
El Real Decreto 875/2014, prevé dos tipos de curso práctico que dependerá del tipo de radio que monte la embarcación a saber:
-Curso de Radio-operador: principalmente para estaciones radio de VHF de embarcaciones que por lo tanto navegan próximas a la costa.
Duración mínima del curso 12 horas
-Curso de Radio-operador de largo alcance: para estaciones radio de embarcaciones que navegan alejadas de costa.
Duración mínima del curso 16 horas.