Javichi por aquí van los tiros... si alguien sabe o se atreve, que hable ahora o que lo diga cuando le apetezca (aunque sea para sus adentros)!!! jejeje
Las normas contenidas en el((((((((((((((((((( Real Decreto 2662/1998, de 11 de diciembre, ))))))))))))sobre reglas y estándares
comunes para las organizaciones de inspección y control de buques y para las actividades
correspondientes de la Administración marítima, son aplicables únicamente a los buques sujetos a
los convenios internacionales: el Convenio internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el
Mar (SOLAS) de 1974/1978, el Convenio internacional sobre líneas de carga de 1966 y el Convenio
internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL) de 1973/1978, junto con sus
protocolos y modificaciones, así como los correspondientes códigos de carácter obligatorio y los que
los modifiquen o sustituyan.
(((((((((((http://noticias.juridicas.com/base_d...2662-1998.html)))))))))
Reconocimiento entidad colaboradora de inspección
Artículo 4 Procedimiento
4. El plazo máximo para resolver el procedimiento de reconocimiento será de seis meses, contados desde la fecha en la que la solicitud de reconocimiento haya tenido entrada en el registro del órgano encargado de su tramitación. Cuando no haya recaído resolución expresa dentro de este plazo, se entenderá que la organización ha sido reconocida.
por otro lado PDF aportado amablemente Javich tenemos:
Artículo 7 Autorización de las entidades colaboradoras de inspección de embarcaciones de recreo
La autorización de actuación de las entidades colaboradoras de inspección de embarcaciones de
recreo corresponde al Secretario de Estado de Infraestructuras y Transportes. Las resoluciones de los
procedimientos de autorización, que serán siempre motivadas y pondrá fin a la vía administrativa,
deberán ser publicadas en el «Boletín Oficial del Estado».
(((((((((((((((((((((((((((((El plazo máximo para resolver el procedimiento será de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que
haya recaído resolución expresa, la solicitud de autorización se considerará desestimada,)))))))))))))))))))))))))) siendo de
aplicación supletoria lo dispuesto en esta materia por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Respueta este Real Decreto 2662/1998, de 11 de diciembre, es vigente hasta el 2003
Derogada
Real Decreto 2662/1998, de 11 de diciembre, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y control de buques y para las actividades correspondientes de la Administración marítima (Vigente hasta el 05 de Febrero de 2003).
entonces debo entender que el plazo es de 3 meses sin respuesta se entendera desestimada.....
Editado por última vez por Capitan ED; https://www.estudiasonavegas.com/foro/member/2586-capitan-ed en 14/04/16, 13:39:50.
Razón: borrado post pregunta sin sentido...!!!
Espero que los que os presentéis en Madrid el Sábado ya lo tengáis todo dominado!
Este año me presento al PPER, y como siempre quiero saber cuanto antes como lo he hecho, otros años he creado una plantilla de Google Docs donde ponía mis respuestas junto con las de otros cofrades y así comparábamos, dado que las academias suelen tardar un par de días, y ya de paso sirve para que detectemos esas preguntas que suscitan polémica.
Espero que los que os presentéis en Madrid el Sábado ya lo tengáis todo dominado!
Este año me presento al PPER, y como siempre quiero saber cuanto antes como lo he hecho, otros años he creado una plantilla de Google Docs donde ponía mis respuestas junto con las de otros cofrades y así comparábamos, dado que las academias suelen tardar un par de días, y ya de paso sirve para que detectemos esas preguntas que suscitan polémica.
Agradecemos tu propuesta que en lo referente a intercambiar las respuestas que cada uno ha puesto en el examen para razonar las polémicas.
¡Eso es precisamente lo que hacemos en Estudias a o Navegas siempre que hay un examen!
Me enviáis vuestras respuestas y yo las voy insertando en una Excel y se comentan públicamente en este foro.
A partir de mañana espero vuestras respuestas con un simple email a:
Bueno , a llegado el momento de tomar el tren y viajar nuevamente hasta Madrid , y la verdad es que gracias a todos, me siento mucho mas preparado que la primera vez, como siempre voy con esa sensación de que podría haber estudiado mas o de otra manera, pero creo que si no se ponen a fabricar preguntas trampa, esta vez me traigo el titulo a valencia ,nos vemos y mucha suerte y tranquilidad para todos
Quería haceros dos preguntillas a ver si podeis echarme una mano.
1º ¿Que día salen las notas definitivas?
2º Una vez, hallan salido las notas definitivas, y con todos los certificados, libreta y reconocimiento médico, se puede trabajar con la copia de la solicitud del título o hay que esperar al verano que viene a que nos lo envíen a casa?
Quería haceros dos preguntillas a ver si podeis echarme una mano.
1º ¿Que día salen las notas definitivas?
2º Una vez, hallan salido las notas definitivas, y con todos los certificados, libreta y reconocimiento médico, se puede trabajar con la copia de la solicitud del título o hay que esperar al verano que viene a que nos lo envíen a casa?
Gracias compis!
Hola Sirking:
Esto es lo que la DGMM escribe sobre las notas definitivas:
"Finalizados los exámenes se publicarán en el tablón de anuncios de la Dirección General de la Marina Mercante y en la web del Ministerio de Fomento (http://www.fomento.gob.es) las listas provisionales de calificaciones, que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones."
O sea calcula algo más de un mes... dependerá de las revisiones de examen que tengan.
Una vez te admitan a trámite todo el papeleo tendrás respuesta en 7-10 días. Hasta esa fecha no puedes ejercer de PPER.
Un cordial saludo,
Javichi
Editado por última vez por Javichi; https://www.estudiasonavegas.com/foro/member/2-javichi en 05/05/16, 21:13:10.
El trámite se hace en cada Capitanía, o es de esas cosas que mandan de las capitanías a la DGMM? Es decir, es mejor entregarlo en mi capitanía, o directamente en Madrid? (Subo y bajo a menudo)
El trámite se hace en cada Capitanía, o es de esas cosas que mandan de las capitanías a la DGMM? Es decir, es mejor entregarlo en mi capitanía, o directamente en Madrid? (Subo y bajo a menudo)
Buen día!
Dos formas de gestionarlo, en la Capitanía más próxima o en la sede central de Marina Mercante de Madrid, C/ Ruiz de Alarcón nº 1.
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