Copio y pego del comunicado de ANNPER que ha sido enviado al Director General de la Marina Mercante:
En Barcelona a 29 de octubre de 2014
El objetivo de este escrito es aclarar diversas dudas surgidas como consecuencia de repetidas consultas realizadas por nuestros asociados y profesionales diversos del sector de la náutica de recreo que van apresentarse en la próxima convocatoria de examen de PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO A CELEBRAR en Madrid el 13 de Diciembre de 2014.
Primero:
Resolución 1 de Septiembre de 2014. BOE 19 de Septiembre de2014
ANEXO III
Poseedores del título para el gobierno de embarcaciones derecreo de Capitán de Yate.
Se exige Certificado de Formación Sanitaria específica avanzada y Título de competencia de Operador General del Sistema Mundial deSocorro y Seguridad Marítima.
Pregunta:
Dadas las limitaciones del PPER en su campo de aplicación no se entiende el ¿porqué de esas exigencias?
ANEXO IV.
El temario para la prueba de conocimientos es el mismo temario que en la convocatoria anterior.
Cuestión: Se generan dudas porque anteriormente, en el BOE del 25 de Julio de 2014 se publica la Ley 14/2014 de Navegación Marítima.
Segundo:
Ley 14/2014 de 24 de Julio 2014. BOE 25 Julio de 2014
Dicha Ley afecta a una parte sustancial del programa de convocatoria para el examen de competencias de PPER a celebrar en Madrid el 13 Diciembre 2014.
Pregunta:
¿En el citado examen los examinados deben responder a las cuestiones planteadas según el temario expuesto en la convocatoria o según la Ley 14/2014 reciente y actual?.
Tercero:
Real Decreto 875/2014 de 10 de Octubre 2014. BOE 11 Octubre2014
Dicho Real Decreto afecta al temario de la convocatoria del examen que nos afecta.
Pregunta:
¿En el citado examen los examinados deben responder a las cuestiones planteadas según el temario expuesto en la convocatoria o según el Real Decreto 875/2014 posterior a la publicación de la citada convocatoria de examen?.
Cuarto:
Real Decreto 804/2014 de 19 de Septiembre. BOE 18 Octubre2014
Dicho Real Decreto afecta al temario de la convocatoria del examen que nos afecta.
Pregunta: ¿En el citado examen los examinados deben responder a las cuestiones planteadas según el temarlo expuesto en la convocatoria o según el Real Decreto 804/2014 publicado en el BOE conposterioridad la publicación de la citada convocatoria de examen que nos ocupa?.
COMENTARIO:
Tenemos conocimiento de que en referencia a las cuatro publicaciones legales que hemos citado, podrían surgir discrepancias en cuanto a la Jerarquía de las mismas en el contexto de Ley, Orden, Resolución, Real Decreto, que incluso podrían sugerir impugnaciones.
Lo que comunicamos con un único espíritu e intención decolaboración esperando de su buen hacer y nos aclare, lo antes posible, si va a ver rectificación por error o, por el contrario, lo presentado es firme.
Web ANPPER
En Barcelona a 29 de octubre de 2014
El objetivo de este escrito es aclarar diversas dudas surgidas como consecuencia de repetidas consultas realizadas por nuestros asociados y profesionales diversos del sector de la náutica de recreo que van apresentarse en la próxima convocatoria de examen de PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO A CELEBRAR en Madrid el 13 de Diciembre de 2014.
Primero:
Resolución 1 de Septiembre de 2014. BOE 19 de Septiembre de2014
ANEXO III
Poseedores del título para el gobierno de embarcaciones derecreo de Capitán de Yate.
Se exige Certificado de Formación Sanitaria específica avanzada y Título de competencia de Operador General del Sistema Mundial deSocorro y Seguridad Marítima.
Pregunta:
Dadas las limitaciones del PPER en su campo de aplicación no se entiende el ¿porqué de esas exigencias?
ANEXO IV.
El temario para la prueba de conocimientos es el mismo temario que en la convocatoria anterior.
Cuestión: Se generan dudas porque anteriormente, en el BOE del 25 de Julio de 2014 se publica la Ley 14/2014 de Navegación Marítima.
Segundo:
Ley 14/2014 de 24 de Julio 2014. BOE 25 Julio de 2014
Dicha Ley afecta a una parte sustancial del programa de convocatoria para el examen de competencias de PPER a celebrar en Madrid el 13 Diciembre 2014.
Pregunta:
¿En el citado examen los examinados deben responder a las cuestiones planteadas según el temario expuesto en la convocatoria o según la Ley 14/2014 reciente y actual?.
Tercero:
Real Decreto 875/2014 de 10 de Octubre 2014. BOE 11 Octubre2014
Dicho Real Decreto afecta al temario de la convocatoria del examen que nos afecta.
Pregunta:
¿En el citado examen los examinados deben responder a las cuestiones planteadas según el temario expuesto en la convocatoria o según el Real Decreto 875/2014 posterior a la publicación de la citada convocatoria de examen?.
Cuarto:
Real Decreto 804/2014 de 19 de Septiembre. BOE 18 Octubre2014
Dicho Real Decreto afecta al temario de la convocatoria del examen que nos afecta.
Pregunta: ¿En el citado examen los examinados deben responder a las cuestiones planteadas según el temarlo expuesto en la convocatoria o según el Real Decreto 804/2014 publicado en el BOE conposterioridad la publicación de la citada convocatoria de examen que nos ocupa?.
COMENTARIO:
Tenemos conocimiento de que en referencia a las cuatro publicaciones legales que hemos citado, podrían surgir discrepancias en cuanto a la Jerarquía de las mismas en el contexto de Ley, Orden, Resolución, Real Decreto, que incluso podrían sugerir impugnaciones.
Lo que comunicamos con un único espíritu e intención decolaboración esperando de su buen hacer y nos aclare, lo antes posible, si va a ver rectificación por error o, por el contrario, lo presentado es firme.
Web ANPPER
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